El dictamen remitido al Senado,
establece medidas para prevenir y evitar la construcción de
infraestructura, equipamiento urbano y viviendas, en zonas sujetas a
riesgos geológicos
CIUDAD DE MÉXICO, 1 de abril.- La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Asentamientos Humanos para evitar construcciones en márgenes de ríos o en zonas consideradas de alto riesgo, para evitar sobre todo desastres naturales.
El dictamen remitido al Senado de la República para su análisis y
votación, establece medidas para prevenir y evitar la construcción de
infraestructura, equipamiento urbano y viviendas, en zonas sujetas a
riesgos geológicos e hidrometeorológicos, a fin de prevenir afectación a
la población y sus bienes.
Las modificaciones a esta legislación fueron avaladas en lo general por 416 votos a favor,
tres en contra y 12 abstenciones, y tras rechazarse una reserva se
aprobó en lo particular con 336 votos a favor, 62 en contra y 14
abstenciones.
Se calcula que casi 22 millones de personas están expuestas a ciclones tropicales y lluvias extremas.
Después, se votaron y aprobaron los artículos reservados en sus
términos por 336 a favor, 62 en contra y 14 abstenciones, ya que no se
aceptó ninguna propuesta de modificación a este documento que surgió de
una iniciativa presentada en noviembre de 2013 por la diputada priista
Celia Gauna Ruiz de León.
En el argumento del dictamen se destacó que el cambio climático
impacta a “millones de personas en condición de riesgo, afectando aún
más aquéllas en situación de pobreza y vulnerabilidad”.
En el caso de México, se calcula que casi 22 millones de personas
están expuestas a “ciclones tropicales, lluvias extremas, inundaciones
pluviales, fluviales, costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo,
polvo y descargas eléctricas; heladas; sequías; ondas cálidas y
gélidas; y tornados”.
Refiere que en el país existen 74 centros de población expuestos a
riegos por los fenómenos hidrometeorológicos y a eso se suma que las
ciudades están creciendo con graves problemas de desorden, carencias y
deterioro.
Sostiene que la Ley General de Asentamientos Humanos vigente
“contempla regulaciones específicas en materia de riesgos y protección
civil”, pero aclara que “se carece de un instrumento normativo rector a
nivel nacional, que fije los criterios generales para la ocupación del
territorio en zonas de riesgo”.
Aclara que hace falta una normatividad que atienda a una mejor
planeación para la reducción de la vulnerabilidad ante los desastres
naturales y el cambio climático.
El documento que avaló el pleno camaral modifica diversos artículos
de la legislación y agrega un capítulo Octavo Bis denominado “Prevención
de Riesgos en los Asentamientos Humanos”, donde se especifican las
normas que deberán seguir la Federación, los estados y municipios en la
construcción de infraestructura.
Señala además que las zonas que se determinen como de alto riesgo en
los planes o programas de desarrollo urbano sólo podrán tener un uso,
destino o aprovechamiento compatible y conforme a los estudios de riesgo
correspondientes.
Destaca que en caso de que hubiese algún riesgo, no se permitirá por
ningún motivo alojar o construir infraestructura o equipamientos
estratégicos, o vivienda.
Establece que las normas serán obligatorias para todas las personas,
físicas y morales, públicas o privadas y señala las especificaciones a
que estarán sujetos los procesos de ocupación del territorio, tales como
aprovechamientos urbanos, edificación de obras de infraestructura.
Precisa que los estudios de prevención de riesgos geológicos e
hidrometeorológicos contendrán las especificaciones, que para tales
efectos publique la Secretaría de Gobernación, en coordinación con la
Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Además, en conjunto con la Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano, y deberá incluir además una opinión del Centro
Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred).
El dictamen aprobado indica que las autorizaciones para el crecimiento urbano deberán ajustarse a esos estudios y opinión.
En ningún caso podrán asignarse usos o aprovechamientos urbanos o
asentamientos humanos en zonas de alto riesgo, en las cuales estará
estrictamente prohibido hacer cualquier obra o edificación de carácter
permanente, añade.
El dictamen también resalta que se garantizará la seguridad de los
habitantes, a través de la gestión preventiva y correctiva de los
riesgos de origen natural.
Señala que corresponderá a las entidades federativas, en el ámbito de
sus jurisdicciones, apoyar a las autoridades municipales que lo
soliciten, en la prevención de riesgos en los asentamientos humanos,
mediante la actualización o desarrollo de sus reglamentos de
construcción.
Añade que tratándose de proyectos u obras que se encuentren ubicados
en zonas de alto riesgo, conforme a los planes o programas de desarrollo
urbano aplicable, las autoridades antes de otorgar licencias relativas a
usos del suelo deberán solicitar un análisis de riesgos que identifique
las medidas de mitigación aplicables.
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