Por consigna directa de la SCJN, se dictó auto de formal
prisión en contra de ex presidente de la junta de conciliación y arbitraje con
residencia en Tuxtla Gutiérrez.
Derivado de una consignación
directa del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en
términos del artículo 107. Fracción XVI, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales
en el Estado de Chiapas, dictó Auto de Formal Prisión en contra de Omar Alí
Sosa López, en su carácter de Presidente de la Junta Especial Número
Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con Residencia en Tuxtla Gutiérrez; por el
incumplimiento de una sentencia dictada en un juicio de amparo indirecto,
emitida por el Juzgado Primero de Distrito en el estado de Chiapas, con
residencia en Tuxtla Gutiérrez; así como un delito previsto en una ley federal,
como es la Ley de Amparo.
Como probable responsable en la
comisión del delito previsto en el artículo 208 de la Ley de Amparo, en
términos del numeral 13, fracción II del Código Penal Federal; en días pasados,
elementos de la Agencia de Investigación Criminal, dependiente de la Delegación
Estatal de la Procuraduría General de la República (PGR), en Chiapas;
cumplimentaron la Orden de Aprehensión en contra de Omar Alí Sosa López, poniendo al ex Presidente
de la Junta de Conciliación y Arbitraje a disposición del Juzgado Segundo de
Distrito de Procesos Penales Federales.
Omar Alí Sosa López, ex Presidente
de la Junta de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y
Arbitraje en el Estado, con Residencia
en Tuxtla Gutiérrez; enfrenta su formal proceso bajo caución, en espera de la sentencia
dictada por el Juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales, con sede
en Cintalapa de Figueroa, Chiapas.
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