México.- La sala superior del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el escrito en el
que un grupo de ciudadanos pide la pérdida y/o cancelación del registro
al Partido Verde sea desahogado por el Instituto Nacional Electoral
(INE) a través de un procedimiento especial sancionador, a fin de que el
partido denunciado pueda defenderse.
En total son
139 mil 432 ciudadanos quienes exponen tal solicitud, debido a la
magnitud de presuntas violaciones graves, sistemáticas y reiteradas del
Verde.
Los magistrados dijeron que no se trata de
una denuncia sino de un derecho de petición, por lo que debe ser
desahogado en un procedimiento incluido en la ley electoral. Con ello
también se respetará el derecho de audiencia del Verde y se dará para
ambas partes las garantías del debido proceso.
“No
es a capricho de la autoridad; la autoridad, por ese principio de
legalidad y de constitucionalidad se tiene que someter a todo un
procedimiento, para poder llegar a la conclusión (de un eventual retiro
del registro a un partido)”, dijo el magistrado Flavio Galván, ponente
en el asunto.
Pedro Esteban Penagos dijo que es
relevante reconocer el derecho legítimo de los ciudadanos a pedir la
nulidad o la cancelación de un registro partidista y ahora corresponderá
al INE iniciar el procedimiento.
Manuel González
Oropeza dijo que es obligación de la autoridad investigar las presuntas
faltas graves pero no a la luz de un procedimiento sumario.
María
del Carmen Alanís dijo que no prejuzgaba de fondo el asunto; sin
embargo, subrayó, es fundamental que el proceso se inicie con respeto
irrestrictas al debido proceso “porque sólo así se garantizará que la
decisión q ue se adopte sea válida y constitucionalmente legítima”.
Con
lo anterior se confirmó el criterio de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE, el cual
determinó que el asunto se desahogara un procedimiento especial
sancionador.
En otro tema, el Tribunal ordenó a su
Sala Regional Especializada “individualizar” (volver a calcular) una
multa al Partido Verde por 11.4 millones de pesos, impuesta por violar
preceptos constitucionales en el modelo de comunicación política.
El
Partido interpuso un recurso de revisión del procedimiento especial
sancionador a fin de impugnar la sentencia relativa a la quita de 50 por
ciento del financiamiento ordinario al Verde.
Lo
anterior, por la difusión en televisión de los espots de Gabriela
Medrano Galindo, diputada federal, por presuntos actos anticipados de
campaña a través de los promocionales “El Verde sí cumple” .
Sin
discusión, los magistrados de la Sala Superior dieron la razón al PVEM.
“La Ponencia propone declarar fundados los motivos de inconformidad,
porque de la resolución impugnada se advierte que el estudio realizado
por la responsable (Sala Regional Especializada) se aleja de la adecuada
individualización de la sanción al caso particular, al incumplir los
parámetros de idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad y, por ende,
de los principios de igualdad y equidad perseguidos por el Derecho”.
Disciplinario”.
El proyecto de resolución fue elaborado por el magistrado presidente del TEPJF, Constancio Carrasco.
De Siete de Chiapas.
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