Por cláusulas abusivas en contrato de prestación de servicios.
La multa impuesta tiene que ver con las fallas y cláusulas consideradas abusivas del procedimiento iniciado por la Profeco en agosto pasado.
La multa impuesta tiene que ver con las fallas y cláusulas consideradas abusivas del procedimiento iniciado por la Profeco en agosto pasado.
La Procuraduría Federal del Consumidor impuso una multa de 5 millones 680,000 pesos a la empresa Chivas de Corazón S.A. de C.V., razón social del servicio de televisión por internet conocido comercialmente como Chivas TV, derivada del proceso iniciado en agosto pasado por instrucción del Procurador Ernesto Nemer Álvarez, luego de que se detectaron fallas en su servicio y cambios en las cláusulas de su contrato sin notificar a sus suscriptores.
La
sanción, que se notificó a la empresa con sede en Guadalajara, Jalisco,
es la conclusión del Procedimiento por Infracciones a la Ley iniciado
el viernes 12 de agosto a causa de las fallas reportadas en la
transmisión del partido disputado el 23 de julio Chivas vs. Monterrey,
así como el cambio unilateral de cláusulas que derivó en tres
requerimientos de información con fechas 25 de julio, 3 y 8 de agosto.
La
multa se sustenta en que los términos de uso del servicio que utilizó
Chivas TV fueron violatorios de los artículos 85 y 90 fracciones I y II
de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPT), ya que contenían
cláusulas consideradas abusivas que implicaron prestaciones
desproporcionadas para los usuarios.
De
acuerdo con la información entregada por la empresa a la Profeco, se
encontró que en los términos y condiciones de sus contratos se
incluyeron obligaciones inequitativas para los consumidores, en virtud
de que permitían al proveedor modificar unilateralmente el contenido del
contrato, sustraerse unilateralmente de sus obligaciones, lo liberaban
de su responsabilidad civil y obligaban a renunciar a la protección de
la ley.
La
Subprocuraduría de Telecomunicaciones –responsable del seguimiento y
resolución del caso- estableció que el contenido de la página
electrónica www.chivastv.mx transgredió lo dispuesto por las fracciones
IV, V y VII del artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al
Consumidor, ya que no dio a conocer toda la información sobre términos,
condiciones, costos, cargos adicionales, y formas de pago de los mismos y
utilizó estrategias de venta sin proporcionar información clara y
suficiente sobre los servicios ofrecidos.
Por
lo que respecta a la transmisión del partido de fútbol Chivas vs.
América, del domingo 27 de noviembre, la Profeco requirió desde el
pasado martes 22 a Chivas TV, información sobre las medidas que tomaría
para garantizar la calidad de su transmisión.
El
viernes 25 de noviembre la empresa remitió a la Procuraduría un escrito
en el que informó sobre la aplicación de medidas adicionales de
seguridad, e hizo saber la apertura de un canal adicional a través de
Cinepolis Klic.
Ante
las fallas registradas en la transmisión de este partido y las
denuncias reportadas a la Procuraduría por usuarios afectados se harán
requerimientos de información y se iniciarán nuevos Procedimientos por
Infracciones a la Ley contra Chivas TV y Cinépolis Klic.
El
Procurador Nemer Álvarez estableció que en este caso, como en cualquier
otro, se aplica de manera irrestricta la premisa de hacer valer los
derechos que la ley reconoce a los consumidores.
Debido
a las fallas en el servicio y al cambio de cláusulas en el contrato, la
Procuraduría Federal del Consumidor impuso la sanción y abrió nueva
investigació.
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