Además, la podrán presentar vía
telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas y la e.firma
solo se requerirá cuando sean saldos a favor mayores de 50,000 pesos.
A partir de hoy está disponible en el
portal del SAT la aplicación con la que las personas físicas pueden
presentar su declaración anual 2016, del impuesto sobre la renta. Así lo
dio a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del
Servicio de Administración Tributaria (SAT), en un evento en el que
presentó a los medios de comunicación las facilidades que existen para
cumplir con esta obligación fiscal.
En el evento, Osvaldo Santín Quiroz,
Jefe del SAT, destacó que es el primer año que se presenta un paquete
tan completo de facilidades, y que es posible gracias a la confianza de
los contribuyentes y en virtud de las facturas que emitieron y
recibieron en 2016, así como del uso de la tecnología como aliada para
la productividad de la Institución, cuya misión es facilitar a los
ciudadanos mexicanos que sí desean cumplir, al tiempo de vigilar a
quienes deciden no hacerlo.
Este año se ofrece para los asalariados,
una propuesta de declaración que ya contiene su información pre
llenada, y en su caso, con un monto de saldo a favor, por lo que solo
tienen que revisarla y si están de acuerdo, enviarla. También la podrán
presentar vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas.
Otras de las facilidades que presenta el
SAT, es que los contribuyentes pueden enviar su declaración con
contraseña; que se puede obtener o recuperar por internet, teléfono o
SAT Móvil (a partir de la primera semana de abril); si se tiene saldo a
cargo, se puede pagar hasta en 6 parcialidades; las líneas de captura se
generan automáticamente; y desde DeclaraSAT se puede activar el Buzón
Tributario para darle seguimiento al trámite de devolución.
En una demostración de la herramienta
tecnológica, Lizandro Núñez Picazo, Administrador General de
Recaudación, explicó la forma en que se puede usar, y detalló que el SAT
ha tomado las previsiones necesarias para devolver el monto que
corresponda por las deducciones presentadas, en un plazo de 3 a 5 días a
partir del envío de la declaración.
Por su parte, Adrián Guarneros Tapia,
Administrador General de Servicios al Contribuyente, detalló que las
personas físicas que obtengan saldo a favor menor a 50 mil pesos sólo
necesitarán su contraseña para que Hacienda les devuelva, siempre y
cuando hayan solicitado con anterioridad una devolución y seleccionen la
misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT.
En su intervención, Ernesto Luna Vargas,
Administrador General de Auditoría Fiscal Federal, comentó que, a
partir de este año, al día siguiente de presentar la declaración se
podrá consultar el estatus en el Buzón Tributario y, en su caso, ahí
mismo depositar documentos que falten para la devolución o ajustar la
declaración.
Se recuerda que la fecha límite para que
los contribuyentes obligados presenten su Declaración Anual es el 30 de
abril, pero por ser este día domingo, el plazo se recorre al martes 2
de mayo, de acuerdo al Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.
Con estas facilidades se simplifica la
presentación de la declaración para que las personas físicas puedan
cumplir más fácil y más rápido.
En la presentación estuvo también Luis
Fernando Cadena Barrera, administrador General de Comunicaciones y
Tecnologías de la Información. Los funcionarios presentes son los
responsables directos de la operación de la plataforma que se presenta
para beneficio de los contribuyentes y de todo México.
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